Descubre Todos Los Requisitos Para Un Divorcio En Bolivia

La separación es una determinación que toman los cónyuges casados cuando ya no pretenden vivir juntos. Lo que amerita realizar un divorcio de manera legal en el registro civil y eso conlleva una serie de obligaciones para poder tramitarlo. En este post te indicaremos cuáles son los Requisitos Para un Divorcio en Bolivia y cuáles son los tipos de divorcios que existen.

requisitos para un divorcio en bolivia

Requisitos Para un Divorcio en Bolivia

Una vez que los cónyuges han pensado bien su determinación o decisión de divorciarse, deben completar una serie de Requisitos Para un Divorcio en Bolivia; y todo el proceso va a depender de cómo son los contextos en la cual se va a dar la desunión.

Es importante indicar que existen tres (3) tipos de divorcios los cuales son:

  1. Divorcio Notarial
  2. Separación Judicial De Mutuo Acuerdo
  3. Divorcio Judicial Contencioso

¿Cómo iniciar un trámite de Divorcio?

Al instante de distinguir los Requisitos Para un Divorcio en Bolivia, se puede observar que existen tres (3) maneras de realizarlo, es algo sumamente importante y necesario que deben conocer los esposos, ya que no todos los cónyuges poseen las mismas circunstancias una vez que quieren consumar o finalizar la relación legalmente. Por esta razón, se debe indicar cómo procede el trámite para cada una de las formas de separación para tener una idea de lo que se debe efectuar.

Esto nos indica que para cada uno de ellos existen sus requerimientos y condiciones, por lo que los Requisitos Para un Divorcio en Bolivia pueden variar entre uno y otro. A continuación, le explicaremos cada uno de estos divorcios, requisitos, trámites y tiempo de duración de los mismos.

Divorcio Notarial

El divorcio notarial o divorcio por notaria establece la probabilidad de separarse por mutuo acuerdo ante un Notario o ante el Letrado de la Dirección de Ley, en vez de efectuar la desunión ante un Juez. Asimismo, instituye un asunto más simple y de bajo costo que el gestionado por vía legal.

Para entrar a esta alternativa es obligatorio que el divorcio se negocie de mutuo acuerdo y que se efectúen a cabalidad esta lista de requisitos que se verá a continuación.

Requisitos

Es viable que se lleve a cabo un divorcio ante un notario de seguridad pública, siempre y cuando se respeten los siguientes requisitos:

  1. Debe existir mutuo acuerdo y aprobación entre los esposos sobre la ruptura del matrimonio. Expresado de otra forma, que simplemente no exista beneficios o intereses cotejados en problemas.
  2. Que no tengan descendientes fruto de ambas parejas. En el caso de que haya hijos de por medio, los mismos deben ser mayores de 25 años de edad.
  3. No deben tener bienes comunes o gananciales sometidos a investigación. En otras palabras, que no se hayan introducido en los bienes en los registros públicos durante la validez del casamiento.
  4. Qué no exista exigencia de apoyo familiar por ninguno de los esposos.
  5. Que ambas parejas accedan un convenio regulador de desunión y el mismo sea examinado y comprobado por notario de seguridad pública.
  6. Y por último que ambos esposos no hayan comenzado un asunto de divorcio por la vía legal, ya que es necesario mostrar la constancia o declaración de no haber tenido un asunto o proceso legal objeto del trámite o certificación de la dejación.

Tramitación

  1. Se debe realizar la solicitud del divorcio ante una notaría pública mostrando los documentos competentes para que se consiga comprobar el acatamiento de los requisitos legales. Para ello los representantes legales adquirirán las constancias que pertenezcan de los organismos facultados, tales como las Oficialías de Registro Civil, el Servicio de Registro Cívico (SERECI), Derechos Reales y otras agencias públicas correspondientes al caso.
  2. Validar el acatamiento de los requisitos, el Notario Público recibirá y realizará el acta de iniciación de la gestión.
  3. En un término como mínimo de tres (3) meses, los desposados convendrán presentarse de nuevo ante el Notario Público, para confirmar la disposición del divorcio por la vía Notarial.
  4. Seguidamente, el Notario Público formalizará y expondrá la prueba del documento legal del divorcio por la vía notarial, título que concederá entre las partes interesadas. Asimismo, pronunciará la declaración pertinente para el registro de dicho documento público en el servicio de Registro Cívico y de esta forma se provenga a la anulación del acta de matrimonio.
  5. Si pasados seis (6) meses de la introducción de la demanda de separación o divorcio notarial ambos esposos no se comparecen de nuevo a confirmar su determinación de divorciarse, el expediente expirará y será archivado.

Duración

El tiempo de duración puede ser mínimo de tres (3) meses y un máximo de seis (6) meses en caso de que ambos esposos no se presenten de nuevo ante el notario de seguridad pública para confirmar su dictamen de divorciarse.

Divorcio Judicial de Mutuo Acuerdo

El divorcio de mutuo acuerdo o divorcio exprés es el procedimiento más ágil y ahorrador para deshacer la unión matrimonial. No obstante, es obligatorio que intervengan ciertos requisitos, entre los cuales enfatiza:

  1. Los esposos que tienen hijos pequeños en común
  2. Y poseen bienes comunes o dividendos patentados.

Ahora bien, el divorcio exprés o divorcio de mutuo acuerdo surge cuando ambos esposos solventan llevar su separación de manera amistosa.  Es decir, que ambos esposos por medio de un convenio regulador, instituyen las normas y patrones por las cuales se presidirá su trato inmediatamente después de la ruptura del matrimonio. Este convenio regulador debe tener los siguientes puntos:

  • La exposición de la voluntad y determinación de ambos esposos sobre el divorcio y su dictamen de disolución de convivencia en pareja.
  • Crear el apoyo familiar para los hijos, acorde a la carencia de los favorecidos, los recursos financieros y las oportunidades de quien la ofrezca.
  • Instituir la guardia o protección de los hijos y formar el régimen de visitas.
  • Establecer la representación de la repartición y dividendo de los bienes comunes o de los dividendos patentados.

Requisitos

En la solicitud de separación se anexan las siguientes documentaciones:

  1. El convenio regulador.
  2. Constancia o certificado de matrimonio.
  3. Las partidas o actas de nacimientos de los hijos.
  4. Fotocopias de las cédulas de identidad (C.I.) de los cónyuges.
  5. Original y copia auténtica del poder, si posee representante.
  6. Copia de cédula de identidad (C.I.) de los representantes legales.
  7. Y cualquiera otra documentación oportuna.

Tramitación

  • La sentencia de divorcio exprés o de mutuo acuerdo por la vía legal, puede ser introducida por cualquiera de los dos (2) o por ambos, por sí mismo o por medio de sus representantes legales, apropiadamente delegados con autoridad especial.
  • Es importante destacar que el convenio regulador puede ser ostentado con la solicitud o durante el juicio del divorcio, hasta su aprobación en dictamen a efectuarse en la audiencia señalada por el consejero o juez de familia.
  • Aprobada la sentencia de divorcio por la autoridad judicial y comunicadas ambas partes, el consejero público de familia situará a los cónyuges para presentarse en el lapso de tres (3) meses, a objeto de que sea confirmada la demanda o se renuncie a la misma, determinando subsiguientemente el día y hora de la audiencia para la solicitud de la gestión de divorcio o disolución.
  • Los cónyuges de mutuo acuerdo tienen la potestad de declinar al tiempo de tres (3) meses y requerir día y hora de audiencia para solucionar la diligencia de divorcio o disolución.
  • En el tiempo indicado de audiencia, en caso de mantenerse la voluntad de los solicitantes para la desunión o el divorcio, se establecerá el dictamen, exponiendo disuelto el lazo matrimonial o la unión libre hecho y se aprobará el convenio regulador de divorcio.
  • Los abogados lo apoyarán en cada uno de los pasos del juicio, proporcionando también la elección de no tener que concurrir a audiencias.

Duración

El tiempo de duración puede ser de tres (3) meses mínimos.

Divorcio Judicial Contencioso

El divorcio contencioso es la desunión que se gestiona sin que exista convenio por parte de los desposados en ciertas o en todos los contextos para la ruptura del matrimonio. En este tipo de apartamiento cada uno de los cónyuges resguardan sus puntos de vistas diferentes y requieren de la intermediación de un juez para crear los aspectos que reglamentarán la separación del matrimonial.

Un divorcio contencioso se origina cuando uno de los esposos exige la separación del lazo matrimonial por vía legal sin la aprobación del otro.

Este tipo de separación resulta cuando uno de los esposos no está en conformidad con la desunión o no hay convenio reformador de alejamiento, por lo que una o ambas partes asisten al consejero público de familia para que solucione el divorcio y las circunstancias del mismo.

Es importante señalar que aunque uno de los esposos no se pretenda separar, no debe hacerse de rogar o negar, solamente puede refutar a las pautas que la otra parte le exige; esto en poder a que, acorde al vigente Código de las Familias Ley 603, indica la causa del divorcio por la disolución del propósito de vida en común o por la decisión de una de las partes, lo que quiere decir, que al estar el consentimiento de una de las partes de empezar el divorcio, el propósito de vida en común o el matrimonio se ha terminado y la separación se concibe factible.

Requisitos

En la solicitud de divorcio se anexan las siguientes documentaciones:

  1. La constancia o certificado de matrimonio.
  2. Las partidas o actas de nacimiento de los hijos/a.
  3. Fotocopias de las cédulas de identidad (C.I.) o los instrumentos de tipificación de los esposos.
  4. Original y copia auténtica del documento de poder si tiene representante legal.
  5. Copia de la cédula de identidad (C.I.) del representante legal.
  6. Y cualquier otra documentación necesaria.
  7. Es preciso puntualizar en la solicitud de petición de divorcio todos los bienes en común o riquezas, para que en realización de dictamen el juez público de familia proceda a la partición y fraccionamiento de los mismos.

Tramitación

  • La petición de separación por vía judicial puede ser presentada por cualquiera de los demandantes o por medio de sus representantes legales, apropiadamente referidos con potestad especial.
  • Una vez aprobada la solicitud de divorcio por el poder judicial y citada la parte demandada con o sin respuesta, el juez público de familia situará a los cónyuges para presentarse en el lapso de tres (3) meses, a objeto de que sea confirmada la demanda o se renuncie a la misma, estableciendo consecutivamente el día y hora de la audiencia para la atención de la gestión de divorcio o disolución.
  • En argumento de que haya hijos, se fija primordialmente una audiencia de pautas temporales en la cual se establece el monto de la contribución familiar y el régimen de visitas. Dentro de este encuentro se puede conseguir a iniciar un arreglo.
  • En el tiempo estipulado de audiencia para la atención de la gestión de divorcio o desunión y en caso de permanecer la decisión de los solicitantes para la disolución del mismo, se impondrá dictamen declarando por terminado el lazo matrimonial o la alianza autónoma.
  • Si durante el juicio, los esposos no consigan crear un convenio regulador, el juez público de familia establecerá los contextos y bienes del divorcio acorde a las conjeturas del Código de las Familias y del Proceso Familiar Ley 603; sobre todo en lo que reseña a la guarda y custodia de los hijos, la contribución familiar y el apartamiento de bienes económicos.
  • Los representantes legales o abogados lo ampararán en cada uno de las gestiones del juicio, proporcionándoles además la elección de no tener que presentarse a tribunales y lidiar con la contraparte.

Duración

El tiempo de duración puede ser de cuatro (4) meses mínimos.

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